SOLICITUD TÍTULO O DUPLICADO TÍTULO DE BACHILLER, CICLOS FORMATIVOS Y OTROS
Al finalizar los estudios, el alumno debe solicitar en la secretaría del centro su Título.
PASOS a seguir:
PASO 1
·
Solicitar en secretaría la carta de pago de las tasas del título y realizar el ingreso en una oficina bancaria
TASAS TÍTULOS 2021 (Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021)
T.170 Tasa por la expedición de títulos y certificados (por unidad) |
Sin beneficio |
Familia numerosa régimen especial. Reducción 100% |
Familia numerosa general. Bonificación 75% |
Situación de desempleo. Bonificación 75% |
Discapacidad >=33%
Bonificación 75% |
Bachiller |
52,50 € |
0 € |
13,12 € |
13,12 € |
13,12 € |
Técnico de Formación Profesional (GM) |
21,40 € |
0 € |
5,35 € |
5,35 € |
5,35 € |
Técnico Superior de Formación Profesional (GS) |
52,50 € |
0 € |
13,12 € |
13,12 € |
13,12 € |
PASO 2
Presentar justificante del pago de las tasas en la secretaría junto con:
·
Impreso de solicitud
(lo facilitan en la misma secretaría o se descarga aquí)
·
Fotocopia DNI y documentos justificantes que dan derecho a algún tipo de bonificación:
– Familia numerosa de categoría general: 75% de la tasa
– Familia numerosa de régimen especial: 100% de la tasa
– Situación de desempleo: 75% de la tasa
– Discapacidad mayor o igual al 33%: 75% de la tasa
PASO 3
Transcurridos, aproximadamente tres días desde que se ha hecho el ingreso en la oficina bancaria, y una vez que en secretaría se tiene constancia de la transacción del pago del Título, se podrá recoger la CERTIFICACIÓN ACADÉMICA que acredita la obtención del título y el pago de las tasas correspondientes.
Cuando el centro reciba del Título, se enviará un “sms” al alumno para que venga a retirarlo.
RETIRADA DE TÍTULOS
·
Por el propio ALUMNO, previa identificación (DNI/NIE/Pasaporte) y firma en el Libro Registro correspondiente
·
Por PERSONA AUTORIZADA, para ello debe cumplimentar documento facilitado en secretaría o descargado aquí (será necesario aportar fotocopia de la persona que autoriza y autorizada). La persona autorizada firmará en el Libro de Registro
ENVÍO DE TÍTULOS
Cuando al alumno le resulte difícil retirar su Título, se le podrá enviar por correo a un centro educativo público de la localidad en la que se encuentre. Solicitar información en secretaría.
En relación a los títulos que expide el Ministerio de Educación, la Tasa 059 es aplicable para la expedición de títulos derivados de la Ley General de Educación de 1970 y sistemas educativos anteriores y los duplicados de LOGSE (títulos expedidos antes de las transferencias 1 de julio de 1999).
Para realizar el pago de la Tasa 059 “Expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales”, a utilizar para la expedición de títulos no universitarios cuya competencia corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se realizará a través de la sede electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas (Gestión y pago de tasas. Tasa 059: ”Expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales”).