Admisión y matrícula en 2º curso de ciclos formativos por cambio de centro docente o ciclo formativo con primer curso común
Disposición adicional segunda de la Resolución de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente por la que se dictan instrucciones para el proceso de admisión y matrícula a Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior de Formación Profesional en centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el curso escolar 2024-2025.
La admisión en el segundo curso de un ciclo formativo de GM y de GS, en un centro o ciclo diferente al que se cursó primero, se llevará a cabo con los siguientes grupos prioritarios:
1.º Alumnado que desee solicitar plaza en segundo curso de otro ciclo con primer curso en común en el mismo centro docente donde ha finalizado sus estudios (o acredite haber promocionado al módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) del ciclo que esté cursando con el primer curso común).
El alumnado quedará ordenado según la nota media, recogida en su expediente, de los módulos profesionales que componen el primer curso.
2.º Alumnado que desea cambiar a un ciclo distinto por ser común el primer curso en un centro diferente a aquel en el que se cursó primero.
El alumnado quedará ordenado según la nota media, recogida en su expediente, de los módulos profesionales que componen el primer curso.
3.º Alumnado que desea cursar el segundo curso del mismo título en un centro docente diferente a aquel en el que se cursó primero o cambiar de modalidad de enseñanza, es decir, de enseñanza presencial a semipresencial o viceversa, así como, cambiar la modalidad de presencialidad. En este colectivo, en caso de no existir plazas escolares suficientes para atender a todas las solicitudes presentadas, se seguirá el siguiente orden:
a) En primer lugar, se considerará al alumnado que haya completado con éxito todos los módulos profesionales del primer curso, según el plan de estudios establecido por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) En segundo lugar, se atenderá al alumnado que haya superado todos los módulos profesionales del primer curso, según el plan de estudios establecido por otras Comunidades Autónomas o el Ministerio.
c) Por último, se tomarán en cuenta el resto de los solicitantes que, al finalizar el primer curso, tengan módulos profesionales pendientes pero cumplan con los requisitos de promoción.
En cada grupo mencionado anteriormente (a), (b) y (c), los estudiantes serán organizados en orden descendente según su promedio de calificaciones en los módulos profesionales del primer curso, registrado en su expediente. Si existiese empate, se resolverá aplicando el resultado del sorteo público, mediante la ordenación alfabética ascendente (de la A a la Z), de acuerdo con el sorteo publicado de las dos letras iniciales del primer apellido de los solicitantes, celebrado en la Consejería de Educación para la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos de ESO y Bachillerato para el curso 2024-2025 y cuyo resultado es el siguiente:
Dos primeras letras del primer apellido: RH.
- Plazo de presentación de solicitudes: del 15 de junio al 4 de julio de 2024, ambos inclusive.
- Publicación listas provisionales con su baremación: 9 de julio de 2024.
- Reclamación listas provisionales: 10 y 11 de julio de 2024.
- Publicación listas definitivas de admitidos y reservas: 18 de julio de 2024.
- Matriculación admitidos listas definitivas: del 18 al 24 de julio de 2024.
- Solicitudes fuera de plazo: del 2 de septiembre al 31 de octubre de 2024
Anexo X: Modelo de solicitud de plaza para 2º curso.
Las solicitudes se presentarán en el centro donde se solicite la admisión.